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La unidad de acceso a la información pública es la responsable de: Recabar y difundir la información pública, recibir y despachar las solicitudes de acceso a la información, entregar o negar la información requerida fundando y motivando su resolución en los términos de la Ley de Acceso a la Información Pública; de auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de información, realizar los trámites internos necesarios para localizar y en su caso entregar la información pública solicitada, Difundir entre los servidores públicos los beneficios del manejo público de la información, así como sus responsabilidades en el buen uso y conservación de esta y de clasificar la información en pública, reservada o confidencial.(fracciones del artículo 37 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Muncipios de Guanajuato) Cualquier persona, sin acreditar interés alguno o justificar su utilización, podrá solicitar, por medios electrónicos u otro medio, información ante las unidades de acceso a la información pública. (Artículo 39 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato) ![]() Haz click en el ícono si quieres revisar alguna solicitud hecha
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